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La Corte Internacional de Justicia emite su resolución provisoria

Las medidas cautelares que solicitó la República de Sudáfrica han sido contestadas y el Tribunal de la CIJ reconoce que los palestinos tienen derecho a ser protegidos de actos de genocidio.

febrero 15, 2024
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La Corte Internacional de Justicia emite su resolución provisoria
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La Corte Internacional de Justicia se ha expedido el pasado 26 de enero sobre el caso de genocidio por parte del Estado de Israel contra el pueblo palestino. La resolución se da en respuesta a la solicitud de Sudáfrica de tomar medidas cautelares con el fin de impedir de forma urgente los «comportamientos genocidas» por parte de Israel y sus fuerzas militares. Las crueles cifran no dejan de aumentar, ya han matado a más de 25.000 civiles, han herido a más de 60.000 y desplazado a 1,7 millones de personas.

Resalta en su resolución judicial que la operación a gran escala lanzada por Israel en Gaza está provocando numerosas víctimas civiles, la destrucción generalizada de infraestructuras civiles y el desplazamiento masivo de la población. Esta situación representa una tragedia humana dada la continua pérdida de vidas y el sufrimiento humano que provocan.

A pesar de que Israel ha solicitado que se rechace la solicitud de medidas cautelares y que se elimine el caso, la CIJ concluyó que, prima facie, tiene competencia sobre el mismo, conforme el artículo IX de la Convención sobre Genocidio, y por ende no puede acceder a la solicitud del Estado de Israel de eliminar el caso de la Lista General.

Asimismo, la CIJ ha considerado que existe una real urgencia para dictar medidas cautelares, dado que hay una situación de riesgo real e inminente de que el pueblo palestino sufra de un perjuicio irreparable a sus derechos, antes de que la Corte pueda expedirse en un fallo final.

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De esta manera, la Corte Internacional de Justicia ha dictado las siguientes medidas cautelares, con un amplio apoyo de los jueces:

  1. Por 15 votos contra 2: El Estado de Israel, de conformidad con sus obligaciones en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, en relación con los palestinos en Gaza, tomará todas las medidas a su alcance para impedir todos los actos referidos a:
  • matar a miembros del grupo;
  • causar daños corporales o mentales graves a miembros del grupo;
  • imponer deliberadamente al grupo condiciones de vida destinadas a provocar su destrucción física total o parcial; e
  • imponer medidas destinadas a impedir nacimientos dentro del grupo.
  1. Por 15 votos contra 2: El Estado de Israel garantizará con efecto inmediato que sus militares no cometan ninguno de los actos descritos en el punto 1 anterior.
  2. Por 16 votos contra 1: El Estado de Israel tomará todas las medidas a su alcance para prevenir y castigar la incitación directa y pública a cometer genocidio en relación con miembros del grupo palestino en la Franja de Gaza.
  3. Por 16 votos contra 1: El Estado de Israel tomará medidas inmediatas y efectivas para permitir la prestación de servicios básicos y de asistencia humanitaria para abordar las condiciones adversas de vida que enfrentan los palestinos en la Franja de Gaza.
  4. Por 15 votos contra 2: El Estado de Israel tomará medidas efectivas para impedir la destrucción y asegurar la preservación de pruebas relacionadas con acusaciones de actos de genocidio contra miembros del grupo palestino en la Franja de Gaza.
  5. Por 15 votos contra 2: El Estado de Israel presentará un informe a la Corte sobre todas las medidas adoptadas para dar efecto a esta orden dentro de un mes.

La CIJ no se ha pronunciado sobre la petición de la República de Sudáfrica acerca del cese de las operaciones militares por parte de Israel en la Franja de Gaza en esta resolución. Sin embargo, la Corte ha señalado que sus órdenes –medidas cautelares- tienen efecto vinculante y por lo tanto crean obligaciones jurídicas internacionales para Israel y que a su vez no se ve afectado el derecho, tanto de la República de Sudáfrica y del Estado de Israel, para presentar argumentos respecto de esas cuestiones.

Finalmente enfatiza en que todas las partes del conflicto en la Franja de Gaza están sujetas al derecho internacional humanitario, mostrando su preocupación por los rehenes secuestrados el 7 de octubre de 2023 por parte de la resistencia palestina y retenidos desde entonces, pidiendo su liberación inmediata e incondicional.

 

Fuente: https://www.icj-cij.org/node/203447

 

Autor

  • Melina Anabel Sánchez Blanco
    Melina Anabel Sánchez Blanco

    Analista político especializada en Oriente Medio -movimientos sociales,  feminismos islámicos y política internacional-

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Etiquetas: CIJIsraelMedidasSudáfrica

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Carmen del Río Pereda
Carmen del Río Pereda
Editor
enero 31, 2024 8:30 pm

Desde luego, menos es nada y al estado nizionalsionista todo lo que no sea lamerle las posaderas es un ataque, porque son así de endiosados, así que pupa el fallo de la corte le ha tenido que hacer en su orgullo delirante, pero desde luego lo que no ha hecho la decisión de la Corte es pararle en lo más mìnimo. Todo lo contrario es como si creyera que el caramelito se le puede acabar y está matando con más furia y ahínco que antes. Así que a ver si la corte ve lo poquito que han impresionado sus medidas al estado terrorista y disponen algo más contundente.

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